– ¿Qué sensación le ha quedado?
– Estoy muy decepcionado. Para la Fiscalía era un caso armado sólidamente como para al menos conseguir una condena como la que pedíamos nosotros (250 años). Ahora tenemos que decidir si recurrimos en casación, porque al ser un caso tan antiguo, no cabe la doble instancia ante el TSJPV, con lo que ya no depende de mí porque será la junta de fiscales del Tribunal Supremo la que decidirá si está justificado recurrir.
– ¿Y qué espera?
– No lo sé. Cuando empezaba, uno de mis primeros jefes me decía que no te podías considerar fiscal de verdad hasta que la junta de fiscales del Supremo te hubiera itido un recurso de casación, no siempre lo consideran adecuado. Podrían ver un problema de valoración de prueba, un criterio muy difícil de combatir en vía casacional, porque supone que el tribunal ha tenido criterios completamente irracionales contrarios a la lógica. También se podría considerar que ha habido problemas de tipificación si consideran que no ha habido delitos contra la intimidad. El tribunal lo ha entendido de una manera, y yo y el fiscal jefe que supervisó el escrito de acusación, de otra. La propia Audiencia Provincial, cuando se archivó provisionalmente la causa y se recurrió por Fiscalía, argumentó que no era un asunto de derecho a la intimidad penal sino civil.
– ¿De qué plazo hablamos?
– Hay un trámite previo, que es el tener preparado el recurso, es decir, anunciar que se a va interponer, para lo que hay cinco días desde la notificación de la sentencia, que a mí se me notificó este miércoles. Por tanto, sería hasta el próximo miércoles. Lo que sí pediré es una aclaración de la sentencia, pero no puedo avanzar más.
– ¿Cuándo habrá una respuesta del Supremo?
– Al tratarse de un acusado que está en prisión provisional, se puede extender la misma hasta la mitad de duración de la pena impuesta en la sentencia y en principio tiene prioridad para el Supremo, pero no sé cuánta.
– ¿Podría repetirse el juicio?
– Las vías casacionales son por una mala interpretación de la prueba por el tribunal de instancia, o porque se considera que se han infringido preceptos como la tipificación de los hechos. Si es un problema legal, la sentencia de casación puede dictar nueva sentencia. Si es un problema de interpretación de la prueba, la doctrina del Tribunal Constitucional entiende que no se puede imponer una pena más severa sin oír al acusado, lo que supondría la anulación de la sentencia y la repetición de un juicio que ha sido complejo y largo. Y lo peor sería hacer pasar a las víctimas por ese trance, algo que me desgarra por dentro.
– Con tanta prueba que se presentó, supondría volver a valorar cada una de las pruebas.
– Exacto. Y hacer pasar a las testigos por una declaración testifical que supone un sufrimiento adicional. He hablado en persona con cada una de las testigos tras su declaración para transmitirles el apoyo del Ministerio Público y dar cumplimiento al espíritu de la ley de estatuto de protección de la integridad de la víctima. Y volverles ahora a hacer pasar por el mismo trago no es plato de buen gusto para ningún fiscal.
Delitos imputados
«Las pruebas de agresión sexual, pornografía infantil y estafa son palmarias, pero no se da credibilidad a la mitad de las víctimas»
– Estima injusta la sentencia.
– A mí no me ha satisfecho, sobre todo pensando en las víctimas. Es un caso paradigmático de lo que se denomina ahora perspectiva de género: el considerar que solo el consentimiento expreso de una persona que mantiene relaciones sexuales es consentimiento. Hay imágenes suficientemente elocuentes de personas que no están consintiendo libremente una relación con el acusado, y no se ha considerado agresión sexual. Lo de que 'solo el sí es sí' o 'yo sí te creo', no aparece por ningún lado.
– En el único caso reconocido como violación en el fallo, niega que otras situaciones posteriores fueran también violación por la «actitud pasiva» de la víctima.
– Sorprende que el mismo tribunal diga que la víctima derrama una lágrima en el momento en el que, en nuestra opinión, se le obliga a hacer una felación al varón que aparece, pero considere que la lágrima es intrascendente.
– ¿Cuántas de las 16 víctimas que representa figuran en el fallo?
– En realidad, como acusación pública que ejerce el fiscal, yo represento a todas, formulen acusación o no. La acusación particular incluyó a víctimas respecto a las cuales los delitos habían prescrito, pero yo no podía acusar por ellos. No tengo el escrito delante, pero son 8 o 9 las víctimas de los diez delitos que recoge la sentencia. Por tanto, casi a la mitad de ellas no se les ha dado credibilidad.
Recurso casaciónal
«Me desgarra pensar que el Supremo decida que se repita el juicio y hacer volver pasar a las víctimas por ese trance»
– Antes de comenzar el juicio, dijo que la clave era demostrar la solidez de los testimonios. ¿Hay que pensar que no lo eran?
– Durante el juicio a mí sí me parecieron sólidas y coherentes. Repitieron lo mismo que en la instrucción. Y esas declaraciones se veían corroboradas por otros elementos como grabaciones de vídeos o testimonios. Pensaba que era suficiente para enervar la presunción de inocencia.
– Cuando expuso el caso ante el tribunal, dijo que había un arsenal probatorio contra el acusado. ¿Por qué no lo refleja la pena?
– El tribunal ha condenado por lo que era absolutamente irrebatible. Si tienes imágenes de una persona que sabes que es menor de edad, porque tienes su partida de nacimiento y cuándo fueron tomadas las imágenes, y ves que las imágenes abiertamente de contenido sexual, eso es pornografía elaborada con menores. Y si tienes los datos de la distribución a través de una web, eso es difusión de pornografía infantil. Por eso decía que era contundente. Y respecto a las agresiones sexuales que el tribunal no ha entendido acreditadas, eran las grabaciones de las relaciones sexuales y el lenguaje corporal que transmitía la víctima, que corroboraba su declaración, por lo que entendía que la prueba era abrumadora. Y respecto a las estafas, hubo gente que intentó recomprar sus derechos, y el acusado no facilitó la desaparición de las imágenes, algo palmario. Hay que entender que el grueso de los años de cárcel que se pedían eran por las agresiones sexuales, que en su mayor parte no han sido acreditadas.
– Ni se le ha impuesto el mayor castigo posible por tal delito.
– Eso es. Por las circunstancias que rodean los hechos, por el sufrimiento de las víctimas y el sufrimiento adicional de ser reconocidas por su entorno, pensábamos que era suficiente para imponer las penas en su máximo. Había vídeos de varios actos sexuales del acusado con la misma persona, a la que se le preguntó en el juicio si estaba consintiendo libremente. Y dijo que no. Pero el tribunal le ha impuesto las penas por debajo de la mitad.
Agresión sexual
«El caso es paradigmático de lo que ahora se llama perspectiva de género, de que solo el consentimiento expreso es consentimiento»
– ¿Había coacción por parte del acusado para lograr que una joven agredida sexualmente regresara al estudio una y otra vez?
– Así lo manifestaban las víctimas, no hay otra explicación lógica. Una persona que es violada por un desconocido en un portal oscuro con un cuchillo, huirá de él cada vez que lo vea. Pero en este caso, las víctimas explican que volvían porque 'vivíamos con el terror de que las imágenes sexuales que había de nosotras se difundieran'. De hecho, varias deciden denunciar cuando sus imágenes salen a la luz a pesar de su silencio. Ya no tenían nada que perder.
– Como mucho, cumplirá 20 años.
– Como es septuagenario y la pena no excede de 30 años, se podrían aplicar beneficios como la avanzada edad del sujeto sin sujeción a un límite claro, y la pena a cumplir sería mucho menor a 20 años.
– Visto como ha ido el caso, ¿cambiaría algo de su actuación?
– A toro pasado todo el mundo pone capotes. Otro fiscal quizá habría actuado diferente, pero estoy razonablemente satisfecho de mi trabajo y he llegado hasta ahí.
– Que bueno, son 28 años...
– Es una condena importante, pero no la que pedíamos.
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.