
Secciones
Servicios
Destacamos
El Presidente del Colegio de Graduados Sociales de Gipuzkoa, Andrés Perea, considera que extinguir el contrato a un trabajador por faltas repetidas al trabajo, aun ... estando justificadas, puede suponer una discriminación para las mujeres que son las más afectadas por este tipo de ausencias laborales, fundamentalmente porque sobre ellas recae el peso familiar de los cuidados. Además, entiende que es una medida «injusta y desproporcionada».
-¿Están llegando ese tipo de casos a los despachos de los graduados sociales?
-Llegan muy pocos porque se puede plantear que se trata de una discrminación indirecta hacia las mujeres.
- Explíquese.
- Este tipo de bajas -intermitentes e inferiores a esos 20 días y que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos- afectan sobre todo a las mujeres, sobre las que sigue recayendo el peso familiar de los cuidados. Llevan al niño al médico, cuando hay un problema en la ikastola va a buscarlo, o lo lleva a urgencias, cuida a los incapacitados, a los mayores... Las que más ausencias justificadas de corta duración tienen son las mujeres, por lo tanto se produce un problema de discriminación. De cara a plantearlo te puedes encontrar con que se diga que es una discriminación indirecta.
-¿Considera, en consecuencia, que es difícil justificar un despido por dichas causas?
-Es difícil porque tienes que ir buscando la causa. La ley te marca que tiene que superar el 20% de los días hábiles.... y con causas justificadas. Una señora te dice que va a ir al médico y tiene la mala suerte de que le vuelve a tocar a las dos semanas, y tres semanas más tarde resulta que su suegro tiene un accidente y tiene que atenderle... Utilizar eso para extingir un contrato resulta difícil. En Gipuzkoa no conocemos ningún caso de extinción de contrato por dichas causas. El juzgado de lo Social 26 de Barcelona precisamente eleva la consulta al TC porque entiende que con dicho despido se puede estar vulnerando la Constitución.
-Nuevamente la Reforma Laboral de 2012 obliga a los jueces a interpretar algunas cuestiones, un aspecto que se le criticó desde el principio.
-Hay una decisión del TJUE donde se establece que se tiene que combatir el absentismo laboral y que es legítimo que el empresario intente ajustar el absentismo de su empresa. A partir de ahí la reforma de Rajoy de 2012 introduce algunos cambios en el artículo 52.d, que lo que plantea es que con el 20% de ausencias durante dos meses consecutivos, aunque sean justificadas, puede dar lugar a la extinción del contrato. Con todo, en la aplicación real se ha dado poco.
-Los sindicatos piden que se derogue la reforma laboral y también este punto para que no pueda dar lugar a este tipo de interpretaciones. ¿Qué opina de la sentencia?
-Yo entiendo, al igual que la mayoría de los compañeros, que es una discriminación clara hacia la mujer. Y aunque sea legal, ¿hasta qué punto si la mujer justifica estas faltas y son reales puedes utilizarlo para extinguir un contrato? Ponemos a la mujer en el brete de ir o no al médico con su hijo porque le pueden despedir. Es un tema cultural y tradicionalmente los cuidados han recaído en las mujeres.
-Pero la ley no puede esperar a que estos temas se resuelvan vía conciliación y corresponsabilidad. ¿Habría que cambiar ese artículo?
-Tenemos una ley que es la 6-2019, que aboga por la igualdad de hombres y mujeres. Pero establecer una legislación al respecto y luego por detrás ir cortando derechos, es como no darle la vuelta de todo a la tortilla. Mientras culturalmente sea la mujer la que se vea obligada a tener más ausencias justificadas en el trabajo la igualdad no se va a dar.
-¿Más allá de la discrimininación que puedan sufrir las mujeres, considera justa la interpretación que hace el TC?
-Legalmente sí. Pero entiendo que no es justa, porque la parte más gravosa que le puede ocurrir a un trabajador es la extinción de su contrato. Tiene que haber otro tipo de medidas para poder conciliar: quitar esos días de las vacaciones, recuperar esas horas.... pero la extinción del contrato es lo máximo que le puedes hacer a un trabajador.
-¿Entiende, por lo tanto, que es desproporcionado extinguir el contrato por ese motivo?
-Eso es.
-Euskadi es la comunidad con las mayores tasas de absentismo laboral. ¿Les están llegando casos relacionados con esta materia?
-Llegan casos, aunque se resuelven habitualmente por vía de la conciliación compensando como he dicho antes con vacaciones....
-¿Qué tipo de casuísticas se están planteando?
-Normalmente ante una enfermedad grave de un hijo que el trabajador solicite que le cambien la jornada, se la reduzcan, se la acumulen... Cualquier tipo de medidas que hagan que se concilie el trabajo con la vida familiar. En vez de cogerse la baja se trata de buscar soluciones de ese tipo. Estamos en el siglo XXI y se trata de conciliar la vida laboral y familiar.
-¿Son sensibles las empresas a ese tipo de peticiones?
-Normalmente las empresas son bastante sensibles a esos temas y más en Gipuzkoa donde las firmas son pequeñas y muchas veces se conoce hasta el entorno familiar de los trabajadores. Ante un tema grave el empresario es consciente e intenta conciliarlo.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.