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¿Qué alcance tiene la decisión del Tribunal Supremo de interpretar la Ley de Propiedad Horizontal en el sentido de que bastan tres quintas partes ... de los vecinos para vetar la apertura de un piso turístico en un edificio residencial en lugar de exigirse la unanimidad? Como en tantos otros asuntos legales, los juristas no se ponen de acuerdo.
Para Antxon Iruretagoyena, abogado donostiarra especialista en el sector inmobiliario, supone la puntilla para el sector, pues no solo va a traer de facto la práctica imposibilidad de abrir nuevos negocios al requerir menos vecinos para vetarlos, sino que también anticipa el cierre a largo plazo de los alojamientos activos. Explica que cuando ese establecimiento vaya a cambiar de titular «hay doctrina jurisprudencial que indica que si se pretende transmitir esa vivienda con licencia, esta se pierde porque el nuevo adquirente ya ha podido ir al Registro y saber que en esa comunidad está prohibida esa actividad» si así lo reflejan sus estatutos.
Antxon Iruretagoyena
Abogado
Esto es, los pisos turísticos que operan hoy con licencia podrán seguir haciéndolo, pero no podrán ser traspasados como tales, pues en ese momento perderían la licencia. Una situación que, a la larga, supone que «no solo no va a haber nuevas viviendas turísticas, sino que las que están van a ir desapareciendo». Una circunstancia que, para Iruretagoyena, «es una buena noticia para las comunidades de vecinos y mejor todavía para el lobby hotelero».
Muy distinta es la interpretación que hace Asier Pereda, presidente de la asociación de apartamentos turísticos de Euskadi (Aparture), para quien el razonamiento de Iruretagoyena «puede ser válido para la mayoría de casos en otras comunidades, pero no para buena parte de Euskadi y, en particular, San Sebastián».
Asier Pereda
Presidente de Aparture
Es más, tras consultar con «tres abogados especializados y un notario», puntualiza que «nada ha cambiado para los establecimientos que tienen licencia» en la capital guipuzcoana.
Explica que los pisos turísticos que operan en San Sebastián lo hacen bajo el régimen de «actividad económica clasificada sometida a licencia». Una diferencia «esencial» que confiere a los pisos turísticos donostiarras una protección superior a los del resto del Estado.
La clave está en la consideración de actividad económica clasificada, lo que «equipara» a las viviendas vacacionales con otros negocios habituales en pisos como notarías, despachos de abogados, médicos o fisioterapeutas, «a los que nadie quiere echar». En estos casos, argumenta Pereda, «el sujeto pasivo de la licencia es el inmueble, no la persona titular», por lo que «esta es perfectamente transmisible siempre que sea para ejercer la misma actividad para la que tiene el permiso». En ese caso, el argumento de Iruretagoyena decaería.
El representante del sector de las viviendas turísticas apunta que en el resto de España lo habitual es que estos pisos operen con un informe de compatibilidad urbanística, una categoría «inferior» a la de actividad económica clasificada. «En síntesis, es lo que sucedía en Donostia antes de 2018, pero cuando entre todos los agentes implicados acordamos la regulación del sector, conllevó muchos cierres y despidos, pero nos dotamos de un marco único en el Estado y pionero que regulaba la actividad como en ningún otro sitio. Los requisitos son más restrictivos aquí que en otras partes, pero ganamos en seguridad jurídica para todos», defiende antes de añadir que, además, «la regulación de esta cuestión en el Plan General de Ordenación Urbana y no como ordenanza o cualquier otra figura, confiere un blindaje añadido a las licencias» donostiarras.
De hecho, Pereda se felicita de que «el modelo de San Sebastián ha sido seguido en otras localidades y hoy es la referencia en el Estado». Igual que en Donostia, el presidente de Aparture señala que también operan bajo licencia de actividad clasificada las viviendas turísticas de «Bilbao, Zumaia, Orio, Getaria, y otras localidades, todas vascas, que han seguido el ejemplo de Donostia».
En lo que sí coincide con Iruretagoyena es en que la necesidad de tres quintos en lugar de unanimidad para prohibir un piso turístico «hace más difícil» la expansión de la actividad, aunque matiza que «aquí ya se están actualizando muchos estatutos» en contra de la actividad con mayorías de tres quintos.
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