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Dos agentes de la Ertzaintza custodian la entrada de Cabezudo a la Audiencia de Gipuzkoa. LOBO ALTUNA
Caso Kote Cabezudo: El tribunal avanza que condenará a Cabezudo
Caso Kote Cabezudo

El tribunal avanza que condenará a Cabezudo

Aunque el plazo de la prisión provisional vence este miércoles el fotógrafo donostiarra seguirá en Martutene cumpliendo dos condenas pendientes

Aiende S. Jiménez

San Sebastián

Miércoles, 4 de mayo 2022, 06:40

Kote Cabezudo será condenado a penas superiores a los ocho años de prisión por el tribunal que juzga la causa principal contra él, en la cual se le acusa de abusos sexuales, estafas y otros delitos cometidos sobre 17 mujeres. Así lo ha avanzado de forma sorpresiva e inédita en un auto para resolver su situación de prisión provisional, en el que se indica que ya se está redactando la sentencia de este caso y que la misma será condenatoria. Los magistrados de la sección primera de la Audiencia de Gipuzkoa han acordado por otra parte la puesta en libertad provisional del fotógrafo a partir de este jueves, fecha en la que se cumple el plazo máximo para el régimen de prisión preventiva, que es de 4 años. No obstante, Cabezudo seguirá interno en la prisión de Martutene, ya que aún tiene pendientes de cumplir otras condenas por otras causas desgajadas de la principal.

A la espera de conocer el contenido de la sentencia, que aún podría tardar semanas en redactarse por el importante volumen de prueba practicada durante el juicio, el tribunal ha adelantado que va «a declarar probados algunos de los hechos por los que se ha formulado acusación, vamos a considerar que algunos de esos hechos son delictivos y vamos a condenar al acusado a penas de prisión cuya duración va a superar los ocho años de prisión».

La Fiscalía de Gipuzkoa solicita penas que superan los 250 años de prisión por delitos de agresión sexual, abusos sexuales, estafa, corrupción de menores, pornografía infantil y delitos contra la intimidad y la integridad moral. La acusación particular que representa a las víctimas solicita más de 2.000 años de cárcel. El juicio quedó visto para sentencia el pasado 13 de abril, después de cinco semanas de sesiones. En su turno última palabra, al igual que hizo cuando declaró, Cabezudo aseveró que «jamás» ha realizado «acción ninguna en contra de ninguna de las denunciantes que no haya sido consentida voluntariamente libremente y con total colaboración».

Tribunal

«Vamos a declarar probados algunos hechos y vamos a considerar que son delictivos»

Sin embargo, las acusaciones mantuvieron en sus informes finales que existen pruebas suficientes que demuestran su culpabilidad. «Hay arsenal probatorio absolutamente contundente, lícito, veraz y verosímil», aseguró el fiscal Jorge Bermúdez, que se refirió a varios vídeos expuestos ante el tribunal y otros que constan en la causa «que hablan por sí mismos». De hecho, la Fiscalía duplicó la petición de pena inicial contra Cabezudo, de 121 años a más de 250, tras la visualización de dichas imágenes durante el juicio. «Se han aportado vídeos en los que se permiten datar, casi con fecha y hora, y así cuantificar las agresiones o abusos sexuales que relatan las víctimas», dijo Bermúdez.

Por su parte el letrado de la acusación particular que representa a las víctimas, todas modelos que en su día posaron en el estudio del fotógrafo, afirmó que los abusos de los que se acusa a Kote Cabezudo están «documentados». «Hay vídeos a disposición del tribunal en los que se ven esos abusos, en los que se demuestra que no hay ninguna voluntad en todo lo que ocurre», señaló.

Acusación

La Fiscalía de Gipuzkoa solicita más de 250 años de cárcel y el abogado de las víctimas más de 2.000

Así parecen haberlo entendido los magistrados, por lo que se desprende del auto emitido ayer en el que adelantan que «vamos a condenar al acusado». «Hemos comenzado el examen de las pruebas. Tanto el representante del Ministerio Fiscal interviniente en el juicio, como los dos letrados actuantes, consideraron que el material probatorio existente en la presente causa era inabarcable. Lo estamos abarcando», señala el tribunal. En esa tarea han iniciado «la deliberación y redacción» de la sentencia, con «el examen del posible encaje de los hechos resultantes en los múltiples delitos que las acusaciones consideraron concurrentes, de cuál sería la redacción legal aplicable y la duración de las penas que procede imponer». Algo que aseguran intentarán hacer «a la mayor brevedad posible».

Condenas desde marzo

Esa declaración de intenciones se recoge en el auto en el que se ha dictado la libertad provisional de Cabezudo por cumplirse el plazo máximo de 4 años que prevé la ley. El fotógrafo ingresó en prisión provisional por esta causa el 4 de mayo de 2018, por lo que ese plazo vence hoy. En la última sesión del juicio se celebró una vistilla para resolver esta cuestión y las acusaciones solicitaron mantenerle en prisión, mientras que la defensa pidió su puesta inmediata en libertad.

Las acusaciones sostenían que en estos cuatro años Cabezudo ha cumplido otra condena impuesta por un juzgado de Donostia de 2 años y 3 meses de prisión, y que en ese tiempo no era computable la prisión preventiva. Sin embargo el tribunal, presidido por el magistrado Augusto Maeso, señala que «no cabe descontar del tiempo de prisión provisional sufrido como consecuencia de un proceso el periodo de cumplimiento de condena de una pena de prisión impuesta en otra causa, porque ello ocasionaría también que el límite temporal de duración de la prisión provisional dependiera de un elemento incierto y podría conducir al desbordamiento de todo plazo razonable».

Cárcel

Una vez se dicte sentencia, si es recurrida, la prisión preventiva se podrá volver a prorrogar durante años

Por tanto se acuerda que se cumple ese plazo máximo de prisión preventiva, si bien ello «no va a conllevar la efectiva puesta en libertad del señor Cabezudo, que comenzó en el mes de marzo del presente año el cumplimiento de dos penas de prisión de cinco y siete meses a las que fue condenado», concluye el tribunal.

El tribunal señala por otro lado que hasta ahora Cabezudo era un penado mixto, por cumplir prisión provisional y condena al mismo tiempo por distintas causas. Este tipo de presos no pueden acceder a ningún régimen de semilibertad, ni pueden obtener permisos. Ahora, temporalmente, pasará a estar en situación de penado simple, pero advierte el tribunal que «las decisiones que puedan adoptarse en sede penitenciaria son competencia de las autoridades de dicho ámbito». En este sentido señala que «ninguna decisión nos corresponde adoptar a nosotros a ese respecto, salvo la consistente en informar a dichas autoridades del estado de la presente causa», para que cuenten «con más elementos de juicio».

Por último, el auto recoge que una vez se imponga la sentencia, si esta es recurrida, la ley establece que la prisión provisional puede prorrogarse hasta el límite de la mitad de la pena impuesta. Por esta razón, aunque cumpla las condenas pendientes, Cabezudo seguirá en prisión.

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