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J. F.
San Sebastián
Martes, 27 de mayo 2025, 06:47
La Compañía del Tranvía de San Sebastián se esfuerza por hacer «accesible al 100%» y «amigable, seguro y confortable» para todas las personas, siguiendo el reglamento de la propia empresa. Sin embargo en ocasiones viajar en sus autobuses se convierte en una experiencia «frustrante y, en ocasiones, humillante» para algunos s con movilidad reducida. Así lo pone de manifiesto el relato de una usuaria que señala un problema de civismo más habitual de lo que parece, la ocupación indebida de los asientos reservados.
«Necesito utilizar bastón y me resulta difícil viajar en autobús si tengo que ir de pie», explica esta viajera donostiarra. Aunque los autobuses cuentan con asientos de color verde «reservados para personas con movilidad reducida, personas mayores o mujeres embarazadas», la realidad que encuentra día a día es desalentadora: «suelen estar siempre ocupados, incluso cuando hay otros libres», explica en una carta publicada en la sección Sirimiri, de El Diario Vasco.
Esta usuaria de los autobuses de San Sebastián lamenta no saber si la causa de esta situación es «falta de civismo, de educación o desconocimiento pese a estar perfectamente señalizados», pero subraya que «acceder a uno de esos asientos puede convertirse en una tarea imposible». Esta dificultad se agrava «sobre todo si no aparentas tener una discapacidad evidente o si eres relativamente joven».
La lectora explica una situación que vive a diario: «muchas veces veo a personas que rondan los 60 ocupándolos por sistema, aunque estén en mejor forma física que yo». La actitud de los más jóvenes es todavía peor, según explica: «aún es más triste ver a jóvenes que no se molestan ni en levantar la vista, mucho menos en ceder el sitio». Esta «indiferencia generalizada» es lo que hace que su movilidad por la ciudad sea tan complicada.
El Reglamento de transporte de Donostia-San Sebastián, aprobado por el Ayuntamiento, dedica un título completo, el Título I, a la «Accesibilidad Universal». Dbus destaca que el 100% de su flota es accesible y está equipada con tecnologías para facilitar el viaje a personas con diversas dificultades. Esto incluye piso bajo y rampas de en todos los autobuses para personas en silla de ruedas o con andador, plataformas reservadas con cinturones de seguridad, sistemas de información con audio para personas ciegas o con visión reducida y sistemas visuales para s con dificultades auditivas y cognitivas.
Respecto a los asientos, el reglamento es claro. Los asientos de color verde son «asientos reservados para personas de movilidad reducida», a diferencia de los asientos de color azul. Según la normativa de Dbus, estos asientos son «exclusivos para personas de movilidad reducida».
El Artículo 8 del reglamento además detalla a quiénes se considera «personas viajeras con movilidad reducida». Esta consideración incluye, además de quienes se desplazan en silla de ruedas, a personas con dificultades sensoriales, intelectuales o que tienen problemas para usar un transporte convencional, quienes tienen dificultad de maniobra por factores antropométricos, personas con enfermedades que les dificultan la movilidad (cardíacas, respiratorias, etc.), así como a «personas de edad avanzada que tienen problemas para desplazarse o no se pueden desplazar con autonomía», mujeres embarazadas, menores de seis años y su acompañante, personas con inmovilizados, escayolados o con muletas, personas con ausencia de movilidad funcional y, en general, «aquellas que, por sus circunstancias personales, no pueden viajar de pie sin riesgo para sí mismos o para terceros».
El Artículo 10 especifica que los asientos reservados «podrán ser ocupados por el resto de personas usuarias mientras se encuentren libres y no sean requeridos por las primeras». Sin embargo, la obligación de ceder el asiento prevalece: «en caso de ocupación indebida, el personal de conducción requerirá la utilización de estos asientos para las personas para las cuales están reservados». El reglamento de la Compañía del Tranvía de San Sebastián también establece entre las obligaciones de los viajeros «respetar las reservas de asiento y espacio para personas con movilidad reducida, y ceder el asiento reservado a una persona viajera con movilidad reducida cuando la misma lo requiera». Incumplir esta obligación (Artículo 26.2 d) se considera una infracción grave, sancionada con multas que van de 101 a 200 euros, pudiendo ser superiores en caso de reincidencia.
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