

Secciones
Servicios
Destacamos
El Juzgado de lo Social número 4 de Donostia acoge desde las 9.15 horas de hoy el primer gran juicio en Gipuzkoa contra la ... multinacional de reparto de comida a domicilio Glovo. La Tesorería General de la Seguridad Social reclama a la firma un total de 410.587 euros por las cuotas correspondientes de 168 'riders', al entender que la relación laboral de los repartidores con la compañía era realmente como la de un asalariado y no como la de autónomo, como defiende la empresa. Por ello, reclama a Glovo las cotizaciones correspondientes a estos repartidores, que en el auto judicial, avanzado el pasado miércoles en exclusiva por este periódico, figuran también como demandados.
El Juzgado de Atotxa ha habilitado una sala especial, la número 14, para acoger a los 168 repartidores, en lo que en principio será una 'macrovista', aunque se desconoce si acudirán todos. Y es que existe un grupo, cuya dimensión se desconoce, que se ha agrupado en torno al sindicato LAB, que enviará un representante legal en nombre de todos ellos. En todo caso, se prevé una nutrida presencia de 'riders'.
El juicio llega justo cuando Glovo, presionada por el Gobierno central y por diversas sentencias judiciales en toda España, ha decidido cambiar de modelo y convertir en asalariados a estos repartidores que pululan por nuestras calles con sus motos, bicicletas o patinetes eléctricos con sus características mochilas amarillas con comida, en su mayoría de cadenas de comida rápida aunque también de establecimientos locales.
El periodo reclamado por la Seguridad Social es el comprendido entre octubre de 2018 y diciembre de 2020, antes de que entrara en vigor la Ley Rider, que se aprobó el 12 de agosto de 2021. Así consta en la demanda presentada en el juzgado el 5 de julio de 2022 por la Tesorería General en la que reclamaba que se iniciase un proceso de oficio en materia de relación laboral contra la empresa GlovoAPP23, S.L., con sede en Barcelona, y contra los 168 trabajadores guipuzcoanos. Con todo, deja bien claro en la demanda que el importe de las actas de liquidación deben ser abonados exclusivamente por la empresa pese a que los trabajadores figuren como demandados.
El Juzgado de lo Social número 4 de Donostia itió el pasado 24 de abril a trámite la demanda. Hay un precedente en Euskadi del juicio de hoy y es el celebrado en Bilbao, cuya sentencia, dictada en mayo de 2021, supuso un contundente varapalo para Glovo. El Juzgado de lo Social número 11 de la capital vizcaína determinó que existe una clara relación laboral por cuenta ajena entre Glovo y sus repartidores frente a la tesis de la compañía de que los 'riders' funcionaban de manera autónoma. No fue una gran sorpresa porque para entonces ya el Tribunal Supremo se había pronunciado en ese mismo sentido. El Superior vasco ratificó el fallo en 2022 y Glovo tuvo que pagar a la Seguridad Social los 344.000 euros exigidos. No obstante, los 300 'riders' personados en esta causa no vieron mejorar sus condiciones pese a pasar a ser asalariados y la Seguridad Social no les devolvió todo lo que habían cotizado como autónomos, recuerdan.
2021 Año de entrada
Es el año en que entró en vigor la Ley Rider que obligaba a empresas como Glovo a convertir en asalariados a sus trabajadores, al considerarlos «falsos autónomos».
En el escrito de demanda de Gipuzkoa, la Tesorería General de la Seguridad Social aporta una amplia y detallada documentación respecto a la labor realizada por la Inspección, la documentación requerida en diferentes ocasiones a la compañía y la finalmente aportada por ésta, con la que concluye que «la relación laboral de los repartidores con Glovo es desde un principio la de un trabajador por cuenta ajena y no la de un autónomo».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
No te pierdas...
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.