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Impuestos

Guía para pagar menos a Hacienda

A poco para terminar el año, el contribuyente guipuzcoano puede rascarle unos euros al fisco foral el próximo ejercicio con estos consejos fiscales

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Domingo, 17 de diciembre 2023, 07:26

El año que está cerca de terminar ha vuelto a estar marcado por un entorno inflacionista que aprieta los bolsillos de los ciudadanos. La cesta de la compra y las hipotecas variables, junto al vaivén del precio de la gasolina, son los exponentes más claros de la carestía de la vida. Además, la incertidumbre es la tónica general en los escenarios macroeconómicos para el futuro inmediato.

Por tanto, es un buen momento para que el contribuyente guipuzcoano intente mejorar el resultado de la declaración de la Renta de 2023 –que se realizará la primavera del año que viene–. En este contexto, es vital hacer un recordatorio de los ingresos y los gastos que hemos tenido, con especial atención a las operaciones económicas trascendentes como herencias, venta de vivienda, indemnizaciones, ayudas públicas, rescates de planes de pensiones...

En ese recorrido de los 'deberes' fiscales de fin de año, la consultora donostiarra Sayma, experta en fiscalidad, explica por los tres impuestos más significativos (IRPF, Patrimonio y Sociedades) las vías más apropiadas para que la factura con el fisco sea más reducida.

  1. Imagen principal - Aportaciones a EPSV o planes de pensiones

    Aportaciones a EPSV o planes de pensiones

Los planes de pensiones y EPSVs son instrumentos de ahorro orientado a complementar nuestras prestaciones en el momento de la jubilación y otras circunstancias no voluntarias (desempleo, incapacidad...). Es importante hacer una planificación tanto de las aportaciones como de su rescate y de las condiciones financieras.

Así, el límite anual máximo de reducción en la base imponible general es de 5.000 euros para las aportaciones individuales y de 8.000 para las contribuciones empresariales, con un límite conjunto de 12.000 euros. Las aportaciones individuales reducen la base imponible y pueden permitir un ahorro de hasta el 49% (tipo marginal). Por lo tanto, siempre y cuando no se hayan superado ya dichos límites, realizar aportaciones a EPSV antes del 31 de diciembre, puede ser un mecanismo eficaz para reducir la cuota a pagar en el IRPF.

En el caso de aportaciones a favor del cónyuge o de la pareja de hecho con base imponible general de hasta 8.000 euros, el límite de la aportación sería de 2.400 euros. Y en aportaciones familiares a favor de minusválidos el límite sería de 8.000 euros y por las aportaciones por el propio minusválido, de 24.250 euros.

En cuanto al rescate de este producto financiero, la normativa prevé la integración del 60% del primer rescate en forma de capital de una EPSV por diferentes motivos (transcurso de diez años desde la primera aportación, jubilación, fallecimiento, desempleo de larga duración…). Por ello, es recomendable antes de alcanzar la edad legal de jubilación, revisar la cartera de EPSV y Planes de Pensiones en su conjunto para poder planificar la forma de cobro más beneficiosa, o incluso dejarla a sus herederos.

  1. Imagen principal - Vivienda habitual y alquiler de la vivienda

    Vivienda habitual y alquiler de la vivienda

La vivienda es otra de las áreas clásicas donde poder aplicar unas deducciones para ahorrar. En una situación de tipos de interés altos, es conveniente la reducción o amortizaciones de préstamos que financian inmuebles, ya que además de la desgravación fiscal, el importe de intereses pagados será menor. Son deducibles fiscalmente (con ciertos límites) los intereses de los préstamos destinados a financiar inmuebles (de vivienda habitual, vivienda para cualquier tipo de alquiler, y locales o pabellones).

En el caso de la deducción por vivienda habitual, para inmuebles adquiridos después de 2012 la base deducible máxima entre la suma de interés y amortización será de 8.500 euros por titular, con una deducción de 1.530 euros (18%), o el doble en supuestos de tributación conjunta (es decir, base deducible máxima en conjunto de 17.000 euros).

Para viviendas adquiridas antes de 2012, la base deducible máxima entre la suma de interés y amortización será de 12.000 euros por titular, con una deducción de 2.160 euros (18%), o el doble en supuestos de tributación conjunta (es decir, base deducible máxima en conjunto de 24.000 euros).

Si nuestra vivienda habitual es arrendada, el inquilino también puede practicar una deducción por su alquiler de un 20% del importe por arrendamiento, con el límite de 1.600 euros anules. Este porcentaje y límite será del 25% y de 2.000 euros en caso de familias numerosas, y del 30% y 2.400 euros en caso de menores de 30 años.

La apertura de una cuenta vivienda también conlleva una rebaja fiscal. Con un límite máximo de 8.500 euros, generará una deducción del 18%.

  1. Imagen principal - Planes de ahorro a largo plazo

    Planes de ahorro a largo plazo

Actualmente están empezando a ser atractivos los depósitos bancarios por su remuneración y puede ser interesante contratar antes de fin de año un Plan de ahorro a Largo plazo (SIALP, CIALP). Si piensa mantener las cantidades durante al menos cinco años, no tributará la rentabilidad que produzca al final cumpliendo ciertos requisitos. A diferencia de los planes de pensiones y EPSV, la ventaja fiscal en estos productos se alcanza en el momento del rescate, porque la rentabilidad está exenta.

  1. Imagen principal - Sustitución de rentas dinerarias por determinadas rentas en especie

    Sustitución de rentas dinerarias por determinadas rentas en especie

Puede resultar interesante pactar con la empresa la sustitución del salario en dinero por determinadas rentas no dinerarias 'en especie'. Estas no tributan o están exentas hasta cierto importe, por lo que se logra un ahorro de impuestos al trabajador al percibir unas rentas que actualmente estaban sujetas por otras que van a estar exentas, con determinados límites como ticket-restaurante (11 euros diarios), servicio de guardería (1.000 euros anuales), formación, adaptación de los empleados a nuevas tecnologías, contratos de seguro colectivo temporal de riesgo puro para el caso de muerte o invalidez (500 euros anuales) y bonos de transporte (1.500 euros anuales).

  1. Imagen principal - Exención por rendimientos en el extranjero

    Exención por rendimientos en el extranjero

Si usted trabaja determinados días del año en el extranjero, ¿qué sucede con esas ganancias obtenidas fuera de Gipuzkoa? ¿Están exentas de tributar? Cumpliendo una serie de requisitos, estas retribuciones quedarán exentas de tributación con el límite de 60.100 euros. En cuanto a aquellas personas no residentes que vengan a trabajar a nuestro territorio, tendrán la opción de tributar bajo un régimen especial. Así, el 30% de los rendimientos del trabajo estarán exentos. Además, se podrá deducir en la declaración de IRPF algunos gastos (alquiler vivienda, gastos de escolarización, cursos de idiomas…).

  1. Imagen principal - Indemnización por despido

    Indemnización por despido

Las indemnizaciones que reciba el trabajador en la cuantía obligatoria establecida en el Estatuto de los Trabajadores, con objeto de su despido, estarán exentas de tributación hasta un límite de 180.000 euros. El exceso sobre ese límite tributará como rendimiento de trabajo.

  1. Imagen principal - Energía solar en la vivienda

    Energía solar en la vivienda

La instalación de placas solares en su casa también tiene beneficios fiscales. La base de la deducción se calculará restando las subvenciones recibidas a la inversión inicial. Del resultado, nos podríamos deducir un 15%, con un máximo de 3.000 euros por contribuyente a lo largo de los sucesivos períodos impositivos. La deducción la podrán aplicar tanto los propietarios, como los arrendatarios y usufructuarios.

  1. Imagen principal - Donativos al mecenazgo

    Donativos al mecenazgo

A los efectos de disminuir la tributación en el IRPF del ejercicio 2023, se podría analizar la posibilidad de realizar donativos a determinadas entidades, con un límite máximo de entre el 20% (entidades de mecenazgo), el 30 % (entidades que desarrollen actividades prioritarias) y el 35% (cine, danza, fotografía, patrimonio cultural...) de la base liquidable del impuesto.

  1. Imagen principal - Nuevas empresas, sindicatos, lotería...

    Nuevas empresas, sindicatos, lotería...

Los contribuyentes podrán deducirse el 20% de las cantidades satisfechas por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. La cantidad sobre la que aplicaremos el 20% tiene un máximo de 50.000 euros y la deducción podrá aplicarse el año de generación de la deducción y los cinco ejercicios siguientes.

Además, los contribuyentes podrán aplicar una deducción del 20% de las cuotas a sindicatos y partidos políticos.

En cuanto a la lotería, los premios de Loterías y Apuestas del Estado tributan en el IRPF a un tipo fijo del 20% a partir de los 40.000 euros. En caso de ser agraciados con el Gordo de Navidad, de los 400.000 euros Hacienda se queda con 72.000, por lo que el afortunado ingresa 328.000.

  1. Imagen principal - Participaciones exentas en empresas, escudo fiscal...

    Participaciones exentas en empresas, escudo fiscal...

El tributo que grava las posesiones de los más favorecidos también tiene sus claves. Si usted es dueño de participaciones en empresas con explotación económica conviene revisar si se cumplen los requisitos para que el valor de estas participaciones quede exento.

Estarán exentos los bienes y derechos que posean las personas para el desarrollo de su actividad económica, siempre que esta actividad se ejerza de forma habitual, personal y directa y sea su principal fuente de renta. Para saber si es su principal fuente de renta, será aquella que proporcione al contribuyente más del 50% del importe de la base imponible de su IRPF.

De haber un desajuste muy alto entre lo que se genera en Renta y lo que corresponde pagar en Patrimonio, la norma regula un escudo fiscal en el que se podría no tributar por el 75% del Impuesto de Patrimonio.

  1. Imagen principal - TicketBAI y buzón de notificaciones

    TicketBAI y buzón de notificaciones

Desde Sayma recuerdan en torno al tributo que grava los beneficios de las empresas que el TicketBai, el sistema de facturación digital que tiene como objetivo luchar contra el fraude fiscal, es obligatorio para todas las empresas y autónomos que realicen una actividad económica desde al menos el 01 de junio de 2023. También subrayan la importancia del buzón de notificaciones; es decir, la obligación de recibir notificaciones vía electrónica y de obligatorio a los buzones de las istraciones Públicas. La falta de a dicho buzón puede acarrear sanciones e impedimentos de presentación de recursos.

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