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El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros la reforma por la que pretender desligar el mandato del fiscal general del Estado ... de la duración de la legislatura con el fin de «reforzar la independencia del Ministerio Fiscal» y responder a las «reiteradas recomendaciones» de la Comisión Europea y del Consejo de Europa. El ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que ha imbricado este cambio legislativo en el pendiente de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim)que el Gobierno pretende concretar para verano, ha incidido en que la medida «acerca» a España a los «mejores estándares europeos».
«Hacemos claramente una apuesta por reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal (...). Creemos que es un avance decisivo», ha subrayado Bolaños, en un contexto en el que el papel del fiscal general está en cuestión a raíz del encausamiento ante el Supremo de Álvaro García Ortiz por la filtración del correo del abogado del novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. A preguntas de los periodistas en la rueda de prensa posterior al Consejo, el ministro ha reiterado el apoyo al encausado pero ha eludido aclarar si éste debería renunciar a su puesto en el caso de que el Supremo acabe abriéndole juicio oral.
Bolaños ha aprovechado, no obstante, para deslindar esta modificación legal de ningún «asunto de actualidad» y ha precisado que el mismo, en el marco de la Lecrim, entre en vigor el 1 de enero de 2028; es decir, con la nueva legislatura en el supuesto de que Pedro Sánchez agote su mandato hasta verano de 2027. Es decir, la reforma concernirá de salir adelante a quien releve a García Ortiz, que no puede repetir en el cargo porque lleva ya dos mandatos.
El titular de Justicia ha presumido de que el cambio legislativo es a «40, 50 o 60 años vista». Estas son las claves de la modificación del Estatuto Orgánico de la carrea con la vista puesta en que los fiscales tomen las riendas de las investigaciones penales.
El nombramiento del fiscal general del Estado seguirá siendo potestad del Poder Ejecutivo, sin embargo su mandato con esta reforma será de cinco años y dejará de coincidir con el del Gobierno. Además, no será renovable, salvo que el titular haya ocupado el cargo menos de un año. En el caso de cese anticipado, el nuevo jefe de la Fiscalía completará el tiempo restante del mandato anterior con un nuevo Ejecutivo.
Para evitar ceses discrecionales, el Gobierno solo podrá apartar al fiscal general por «incumplimiento grave o reiterado de sus funciones» y previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Asimismo, se prohibirá que comparezca ante el Consejo de Ministros -algo que el propio Bolaños constatado que no ha sido excepcional- y cualquier comunicación entre este y el Ejecutivo «deberá constar por escrito y ser publicada».
La reforma también otorga «mayor autonomía funcional» al Ministerio Público, ya que el nombramiento, ascenso y régimen disciplinario de los principales fiscales pasarán a ser competencia del fiscal general en lugar del Gobierno. Con vistas a la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), el texto prevé que la Fiscalía dirija la Policía Judicial en la investigación de delitos. Así, el fiscal jefe designará a los fiscales instructores y se aplicará el mismo régimen de abstención y recusación que a jueces y magistrados, conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Otro de los puntos de esta reforma es el papel que se dará a la Junta de Fiscales de Sala, ya que podrá imponer su criterio al del fiscal general del Estado si cuenta con una mayoría cualificada de tres quintas partes. En materia de transparencia, se establece que las asociaciones de fiscales «no podrán recibir financiación privada ni de gobiernos u organismos extranjeros». Además, estas deberán inscribirse en un registro oficial que dependerá de la Fiscalía General del Estado.
Por último, la preparación de opositores por parte de fiscales requerirá autorización previa del FGE y quedará reflejada en un registro público, también dependiente de la Fiscalía General. El objetivo, según el Ejecutivo, «es evitar conflictos de interés y aumentar el control sobre esta actividad».
Esta reforma de la Ley 50/1981 por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal se trata de «la mayor» desde su aprobación hace cerca de 45 años, según ha defendido el Gobierno, y se pretende con ella «reforzar la independencia del Ministerio Fiscal» y «responder a las recomendaciones reiteradas de la Comisión Europea y del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO)».
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