Cuánto vale una vida rota por un error judicial? ¿Cómo cuantificar cada año de cárcel por una condena injusta? El pasado 16 de mayo, la ... Audiencia Nacional ordenó indemnizar al expresidente del Barcelona Sandro Rosell con 232.500 euros (360 euros al día) por los dos años que pasó en prisión preventiva por los presuntos delitos de organización criminal y blanqueo de capitales, y aunque su caso no es una excepción (60 presos preventivos fueron indemnizados por la Audiencia en 2024), revela dos lagunas de la Justicia española. La primera: los internos preventivos tienen más posibilidades de recibir una indemnización que los condenados por unos hechos que después se demuestran falsos. La segunda: si el condenado por error dispone de medios económicos, lo tendrá más fácil para ser resarcido.
La lista de los falsos culpables en España acoge nombres muy mediáticos, como el de Dolores Vázquez, y otros menos conocidos, como el de Romano van der Dussen. Pero probablemente nadie ha pasado tanto tiempo entre rejas por un error judicial como Ahmed Tommouhi.
Cuando lo detuvieron en Terrasa el 11 de noviembre de 1991, Tommouhi sólo llevaba ocho meses en España. Tenía permiso de residencia, trabajaba como albañil y se sentía «feliz». «Ganaba poco dinero, pero vivía mejor que en mi país», recuerda ahora, mientras se mueve con dificultades por su pueblo, Sant Pere de Riudebitlles, en Barcelona, en una silla de ruedas después de que le amputaran la pierna izquierda por encima de la rodilla. Pero aquel día de San Martín su vida se convirtió en una pesadilla. Ahmed fue arrestado bajo la acusación de haber cometido varias violaciones en la ciudad condal: las víctimas lo habían identificado en una rueda de reconocimiento. Un año más tarde, la Audiencia Provincial de Barcelona lo condenó a 24 años de cárcel y cumplió 15. Nunca aceptó su culpabilidad, aunque le hubiera otorgado beneficios penitenciarios.
La cuestión es que él no había cometido esas violaciones. «Nadie me creyó», se duele Ahmed, que salió a la calle en 2006 sin papeles, sin trabajo y señalado por el dedo acusador de la sociedad. Pero de la mano de abogados como Javier Melero o Celia Carbonell emprendió una lucha que acabó en victoria en 2023 tras valorarse una prueba que en 1992 no se tuvo en cuenta: un informe pericial sobre restos de semen en la ropa interior de una víctima que supuestamente fue agredida por Tommouhi y cuyo análisis de ADN no coincidía.
Pero el triunfo no fue completo. El hombre reclamó en la Audiencia Nacional una indemnización que le fue denegada. «Perdí el permiso de trabajo y ya nunca pude volver a trabajar. Vivo de lo que saco de aquí y de allá, pero no quiero el dinero para mí, sino para ayudar a mis hijos y, sobre todo, para que mi mujer pueda venir a España. No la he visto desde 1991», relata entre lágrimas.
Un sistema «mezquino»
«El Estado es mezquino con los falsos culpables», explica Javier Melero, el mediático abogado penalista que defendió a Artur Mas en el juicio de la consulta del 9N y a los consellers catalanes Joaquim Forn y Meritxell Borràs durante el juicio al 'procés'. Melero llevó el caso de Ahmed Tommouhi y descubrió que al sistema le cuesta mucho itir sus propios errores. «Debe existir un cambio legislativo para que se reconozca este tipo de situaciones de otra manera. Un buen ejemplo son los países anglosajones, donde un jurado cuantifica la indemnización. Pero aquí es muy difícil que esto ocurra porque el Estado nunca querrá mirarse al espejo y descubrir sus miserias», manifiesta el letrado.
isión de errores
«El sistema no quiere mirarse al espejo y ver sus miserias», afirma el abogado Javier Melero
Si no fuera porque nada puede compensar la experiencia de pasar por la cárcel de manera injusta, Rosell podría considerarse hasta afortunado por los 360 euros que ha recibido por cada día en prisión. La media actual, entre los que acceden a una compensación, está en 24 euros, aunque los juristas no se muestran partidarios de establecer una cifra general concreta, sino de adaptarla a las circunstancias. «La indemnización no puede ser tasada, limitada a un tanto por día», explica Miguel Pasquau, magistrado de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y autor del libro 'El oficio de decidir' (Debate). «Se ha de indemnizar el daño moral (importantísimo) y el daño patrimonial (incluido el lucro cesante), lo que hace que la cuantía pueda variar en unos casos y otros según la mayor o menor afectación o las circunstancias. La reparación del daño ha de ser íntegra», destaca.
Los falsos culpables tienen el amparo de la Constitución, que en su artículo 121 reconoce que «los daños causados por error judicial» darán «derecho a una indemnización a cargo del Estado», pero deben recorrer un camino muy complicado y con pocas posibilidades de éxito. Una vez que la sentencia condenatoria penal sea firme, puede ser revisada por el Tribunal Supremo a través de un recurso extraordinario si se descubre algún hecho o elemento de prueba que, de haberse aportado en su día, hubiera determinado la absolución o una condena menor, según el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Después, el artículo 293.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial exige, para que un error judicial sea indemnizable, que este se declare antes mediante sentencia. Y que «esta previa decisión podrá resultar directamente de una sentencia dictada en virtud de recurso de revisión». «No está muy claro cómo hay que interpretar esto, pero cabe entender, y así lo suelen hacer las víctimas, que basta que la sentencia de revisión dictara la absolución y que el condenado hubiera cumplido parcial o totalmente una pena, normalmente de prisión, en virtud de la sentencia revisada, para poder pedir directamente la indemnización a la istración», explica Gabriel Doménech, profesor de Derecho istrativo de la Universidad de Valencia.
24
euros
por día en la cárcel cobran de media quienes reciben una indemnización.
En estos casos, las víctimas suelen pedir al Ministerio de Justicia una indemnización que si es superior a 50.000 euros requiere un informe del Consejo de Estado. Si la istración desestima la solicitud de compensación, la víctima puede recurrir ante la Audiencia Nacional, cuya sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La resolución del Supremo sería recurrible en amparo ante el Constitucional, en el caso de que se hubiera vulnerado algún derecho fundamental.
Dos supuestos
Doménech, autor del estudio 'El error de la responsabilidad patrimonial del Estado por error judicial', cree que casos como el de Ahmed deben servir para replantear el difícil procedimiento actual, que solo deja a los falsos culpables acogerse a dos supuestos: el «funcionamiento anormal de la istración judicial» o el «error judicial». Además, estos supuestos se extendieron en 1985 al ámbito civil, lo que llevó al Estado a hacerse responsable de los errores judiciales más allá de la parte penal. De ahí que el Supremo estableciera una doctrina muy restrictiva que, en la práctica, ha perjudicado a los falsos culpables de los procesos penales, los más damnificados en los fallos judiciales. «Extender la responsabilidad fue un sinsentido porque la istración no es ni debe ser una aseguradora universal que responda de todos los daños causados por el funcionamiento de los servicios públicos y ha tenido resultados contraproducentes al provocar que no se indemnice en el caso de sentencias penales condenatorias», argumenta Doménech.
Responsabilidad
«La idea de que un error puede arruinar una vida condiciona mi trabajo», asegura el juez Marchena
En su opinión, no harían falta cambios legislativos si el Tribunal Supremo modificase la interpretación que está haciendo de la ley. «Ahora bien, si no la modificara, entonces habría que promover un cambio legislativo. En cualquier caso, también se podría modificar la ley para dejar claro que la responsabilidad del Estado por error judicial es objetiva y, además, solo procede en el caso de sentencias penales condenatorias», apunta el experto.
El juez Manuel Marchena, magistrado del Tribunal Supremo desde 2007, presidente de la Sala que juzgó el 'procés' y quizá el jurista español más conocido, considera que el caso de Ahmed Tommouhi «no tiene justificiación». «No puede entenderse, bajo ningún concepto, que una persona haya pasado 15 años en prisión por un delito que no ha cometido», subraya. La idea de que un mínimo error judicial puede arruinar una vida «condiciona cada minuto de mi trabajo», asegura el magistrado, que propone, para evitar la condena de un inocente, «rigurosidad en la valoración de la prueba, motivar adecuadamente las razones que justifican una condena y asegurar la doble instancia mediante recursos».
La detención de Dolores Vázquez, acusada de asesinar en Málaga a Rocío Wanninkhof, hija de Alicia Hornos, su expareja, desató la ira de la sociedad española. Arrestada en septiembre de 2000, fue víctima de una campaña de odio. Un jurado popular la condenó en 2001 y pasó 17 meses en prisión, hasta que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló la sentencia por «falta de motivación» y ordenó la celebración de otro juicio. Pero esta vista no llegó a celebrarse porque apareció un nuevo sospechoso, Tony King, tras el asesinato de otra joven, Sonia Carabantes. Vázquez no ha recibido ninguna indemnización. En un acto celebrado en marzo en Betanzos, su pueblo, itió: «En mi corazón necesito que el Gobierno me pida perdón».
Sandro Rosell, que tocó el cielo ganando la Copa de Europa de 2011 como presidente del Barcelona, descendió al infierno de la cárcel en 2017, acusado de presunto blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal por el traspaso de Neymar. Desde el 25 de mayo de 2017 hasta el 27 de febrero de 2019 estuvo preso de manera preventiva en Soto del Real, y la jueza del Supremo Carmen Lamela le negó hasta doce veces la libertad provisional. Finalmente, el 24 de abril de 2019, la Audiencia Nacional le absolvió de todos los cargos. «Pasar dos años en la cárcel por un invento es durísimo», declaró en una entrevista. Rosell reclamó una reparación de 30 millones de euros, pero la Audiencia Nacional le ha otorgado una indemnización de 232.500.
El 30 de septiembre de 2003, dos policías arrestaron en una calle de Fuengirola a Romano van der Dussen. La justicia le acusaba de varias agresiones y robos y de la violación de tres mujeres en una noche de agosto en tres lugares muy cercanos entre sí de esa localidad malagueña. En el juicio clamó por su inocencia, pero varias pruebas que ahora resultan claramente contradictorias lo acabaron condenando a 16 años de prisión. Cumplió 12 y ocho meses en siete cárceles, desde sus 30 años hasta los 42. En 2019, el Ministerio de Justicia acordó compensarle con 147.000 euros, pero él recurrió a la Audiencia Nacional porque le pareció una cantidad insuficiente. En un giro de guion extraordinario, el tribunal decidió retirarle esa indemnización.
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