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La Fiscalía Provincial de Gipuzkoa considera que durante la transformación de la villa Vista Eder en el hotel Nobu (paseo de Miraconcha, 32) se han ... podido producir un delito contra el patrimonio histórico, artístico, cultural o monumental al ser destruidos elementos que estaban protegidos, por lo que ha remitido al Juzgado las diligencias de investigación realizadas e instado la incoación del correspondiente procedimiento.
La decisión de la Fiscalía tiene como base una denuncia presentada en marzo del año pasado –ocho meses después de finalizada la obra– por la asociación Áncora sobre «obras no amparadas en la licencia urbanística».
Vista Eder está protegida con el grado D en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Urbanístico Construido (Peppuc) lo que supone que están «expresamente protegidas en las fachadas las decoraciones en revocos e imitaciones de piedra, la madera de las cornisas y la herrería», según indica la fiscal Lorena Arocena.
El escrito recuerda los artículos 45.2 y 84 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco que determina que «en ningún caso podrán ser objeto de derribo total o parcial los elementos del inmueble cuyos valores culturales hayan determinado su inclusión en el catálogo municipal como bienes culturales de protección básica», y se considera como «infracción muy grave» el derribo o destrucción de bienes inmuebles culturales protegidos.
El 17 de diciembre de 2020 se presentó en el Ayuntamiento proyecto de derribo para la obtención de licencia. El 11 de febrero de 2021 se concedió esta autorización «recordando la obligación de preservar los elementos protegidos». El derribo finalizó el 31 de mayo de 2021. En octubre de 2021 se concedió licencia de obra mayor para la construcción del hotel y entre enero y mayo de 2022 «se volvió a producir un derribo parcial de las fachadas laterales».
El atestado de la Fiscalía concluye que «han sido derribados y destruido elementos permanentes objeto de protección» y se «ha alterado gravemente un edificio singularmente protegido», por lo que los hechos «pueden ser constitutivos de un delito contra el patrimonio histórico» previsto y penado en el artículo 321 y siguientes del Código Penal. Durante la fase de derribo «se destruyó la fachada posterior y una parte sustancial de ambas fachadas laterales, varios elementos de madera, así como la herrería original» y durante la fase de construcción «se continuó con el derribo de las fachadas laterales», unos derribos que «no estaban autorizados».
Nobu no quiso comentar la decisión de la Fiscalía. Fuentes municipales señalaron que confían en la legalidad de la actuación municipal. El Consejo Asesor de Patrimonio consideró en su día que las modificaciones introducidas por Nobu respecto del proyecto autorizado no suponían alteraciones sustanciales. Ancora denunció ayer «la falta de control» por parte del Departamento de Urbanismo que «en vez de paralizar y sancionar las irregularidades», ha «colaborado con la propiedad para posibilitar la reapertura del hotel».
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