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El Diario Vasco
Sábado, 30 de diciembre 2023, 06:56
La Hacienda de Gipuzkoa ha actualizado la guía para reclamar una compensación por haber tributado de más en el IRPF por un error reconocido por ... la Agencia Tributaria. El fisco foral guipuzcoano está viviendo en las últimas semanas un aluvión de consultas y peticiones de mutualistas y antiguos trabajadores para solicitar el reintegro de esas cantidades, que de media ascendían a unos 2.500 euros.
Las consultas y reclamaciones se han disparado en los últimos días. La Diputación ha presentado este jueves un documento para presentar la reclamación. Se trata de un escrito simple de reclamación, con nombre, apellidos y DNI, y explicando el motivo de la solicitud. Además este viernes Hacienda ha decidido reforzar la atención ante la avalancha de peticiones de jubilados por el error en el IRPF. Extrabajadores de Enfermería, Educación y ferroviarios se suman a antiguos empleados de la Banca, el Metal o la Construcción, y el fisco habilita una ventanilla propia con asesores.
Ser contribuyente guipuzcoano y haber presentado la declaración de la renta en 2019, 2020, 2021 y/o 2022. Los solicitantes deben cobrar pensión de jubilación y han de haber trabajado antes del 31 de diciembre de 1978, fecha hasta la que estuvo en vigor el antiguo mecanismo de pensiones. En 1979 esa mutualidad quedó extinguida, y la Seguridad Social se hizo cargo.
Un escrito con el nombre, apellidos, dirección DNI, empresa y sector donde trabajó. El motivo de la reclamación viene escrito («solicitar la rectificación en las declaraciones de renta presentadas en los ejercicios no prescritos para que se aplique la sentencia del Tribunal Supremo sobre mutualidades laborales»). Se puede recoger en las oficinas de Hacienda o pedirlo on-line.
Entrar en www.gipuzkoa.eus y acceder a 'sede electrónica' (en la parte de abajo de la página) y luego a 's a trámites online', también en la parte baja. Para proseguir es necesario el Bakq (claves digitales) o un certificado digital. Una vez dentro aparece el escrito.
Sí. La empresa en la que trabajó debió haber cotizado a una mutualidad laboral.
Sí. Las personas que perciban una pensión por viudedad o por orfandad no tendrán derecho a esta compensación.
Sus herederos tienen derecho a la devolución del IRPF por los ejercicios que no han prescrito.
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