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La tesorera de una ONG guipuzcoana acusada de quedarse con 65.000 euros ha vuelto a faltar al juicio por el que la Fiscalía pide ... para ella dos años y ocho meses de prisión por un delito de ap ropiación indebida. Con la de ayer, es la tercera vez que la mujer se ausenta de la vista oral tras alegar «nuevamente» problemas de salud, tal y como explicaron las partes. Al ser un caso reincidente, tanto el Ministerio Público como la acusación particular han solicitado que la procesada sea analizada por un médico forense para así poder determinar si se encuentra en condiciones «óptimas o no» de ser juzgada.
Los hechos por los que se le investiga ocurrieron en el año 2013. Según recoge el escrito de acusación provisional de la Fiscalía, la entidad suscribió un préstamo con un banco por valor de 65.000 euros, que con la amortización y la comisión se situaba en los 84.204 euros. Del mismo nombraron avalistas al presidente de la entidad, un matrimonio y la propia encausada, que fue quien solicitó el préstamo, ya que se encargaba de llevar las cuentas de la asociación.
No obstante, señala el fiscal que la mujer se quedó los 65.000 euros, «quebrantando lo acordado y no aplicándolo a las necesidades de la asociación como era su destino». Como la tesorera dejó de pagar las cuotas mensuales del crédito, el banco ejecutó el aval, por el cual el matrimonio tuvo que abonar 41.665 euros, si bien se desconoce si el resto de avalistas (el presidente y la acusada) abonaron alguna cantidad.
La Fiscalía señala asimismo que ese año 2013 la asociación recibió una subvención de 2.500 euros por parte del Ayuntamiento de San Sebastián, y de casi 65.000 euros por parte del Gobierno Vasco, si bien «se desconoce a qué aplicó la encausada como tesorera las cantidades recibidas», al no haber aportado la contabilidad que le fue requerida. Estos hechos son constitutivos, según el Ministerio Público, de un delito de apropiación indebida, por el que solicita pena de prisión de dos años y ocho meses, multa de 2.700 euros y el pago de las costas del procedimiento.
Además, pide que indemnice al matrimonio avalista con la cantidad que tuvo que devolver al banco y al presidente de la entidad (en este caso a sus herederos por haber fallecido) en la cantidad que se acredite en el juicio que abonó a la entidad bancaria. Asimismo se solicita que se le exija una fianza para el pago de estas cantidades o en su defecto se embarguen sus bienes.
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